
El Juzgado declara infundado el pedido de Jefferson Farfán para revocar la pena alternativa, aunque advierte que un incumplimiento podría derivar en prisión efectiva; el INPE deberá informar sobre el avance de las jornadas comunitarias.
La conductora de televisión Magaly Medina no volverá a prisión, al menos por ahora. Así lo resolvió el Poder Judicial al desestimar la solicitud presentada por el exfutbolista Jefferson Farfán, quien buscaba que se revocara la pena de servicio comunitario impuesta a la periodista y se ordenara su internamiento en un penal.
Sin embargo, el fallo no representa una victoria definitiva para Medina. El Juzgado a cargo de la ejecución de la sentencia fue contundente: si la comunicadora incumple con las jornadas de servicio comunitario o con el pago de los días multa, sí podría ordenarse su reclusión.
Magaly Medina fue sentenciada a 2 años y 8 meses de prisión efectiva, pena que se convirtió en 138 jornadas de servicio comunitario, además del pago de 300 mil soles por reparación civil y 100 días multa. Todo ello por difundir, en dos reportajes emitidos en 2019, imágenes del interior del departamento de Farfán en Miraflores, donde se veía a la cantante Yahaira Plasencia en una reunión privada.
En agosto de 2024, la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Medina, dejando firme la sentencia. El expediente fue derivado al juzgado de origen para iniciar la ejecución de la pena.
En octubre de 2025, la defensa de Jefferson Farfán solicitó revocar la pena alternativa y enviar a Medina a prisión, alegando presunto incumplimiento en el pago de la reparación civil y el servicio comunitario. En diciembre del mismo año, reiteró el pedido.

El Juzgado, sin embargo, declaró el requerimiento “infundado” tras precisar un punto clave: la reparación civil no forma parte de las reglas de conducta cuyo incumplimiento podría llevar a la cárcel. En caso de no pagarla, los bienes de Medina podrían ser embargados, pero no se revocaría su pena.
La única vía para que la conductora vuelva a prisión sería demostrar que no cumple con las jornadas de servicio comunitario o con el pago de los días multa.
Según la resolución a la que accedió Infobae, Medina habría iniciado sus jornadas de servicio comunitario el 7 de febrero pasado, pero el Juzgado no tiene certeza plena. Por ello, solicitó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) un informe “detallado y documentado” sobre el número de jornadas realizadas, posibles incidencias o faltas.
Además, se le ha exigido a la conductora que informe sobre sus ingresos para determinar el monto exacto a pagar por los 100 días multa.
“La revocatoria no procede hasta determinarse su incumplimiento”, concluye el fallo judicial, dejando abierta la posibilidad de que, en el futuro, Farfán tenga razón si se acredita alguna falta.
El conflicto entre Magaly Medina y Jefferson Farfán estalló en 2019, cuando la periodista difundió imágenes captadas dentro del departamento del futbolista en Miraflores. Farfán denunció una vulneración grave a su vida privada. En julio de 2024, Medina fue condenada por violación agravada a la intimidad. La Octava Sala Penal Liquidadora de Lima confirmó la responsabilidad penal en apelación, aunque redujo la reparación civil de 500 mil a 300 mil soles. El intento de Medina ante la Corte Suprema fue infructuoso.

Por ahora, la conductora sigue en libertad condicionada. Pero la lupa judicial está puesta en cada jornada comunitaria y cada día multa. Cualquier desliz podría cambiar el rumbo de esta historia.