
Cuatro estudios legales respaldan el mandato normativo, mientras la administración intenta redirigir los fondos hacia deudas pendientes en la selva y recurre a estrategias de aplazamiento.
A pesar de haber cerrado el ejercicio 2025 con pérdidas netas por 468.3 millones de dólares, Petroperú deberá distribuir 53 millones 243,467 soles entre sus trabajadores por concepto de utilidades tributarias, una obligación establecida por ley que la actual gerencia ha intentado evadir mediante maniobras administrativas y campañas mediáticas, según revelan fuentes internas y documentos legales.
Las utilidades tributarias, diferentes al resultado neto contable, derivan de una Renta Neta Imponible declarada ante la SUNAT por 532.4 millones de soles. Este saldo positivo —explicado principalmente por efectos del tipo de cambio— activa lo dispuesto en los Decretos Legislativos N° 677 y N° 892, que obligan a las empresas industriales a destinar el 10% de esas ganancias al reparto de utilidades. El incumplimiento podría derivar en multas impuestas por SUNAFIL.
La exgerencia de Petroperú encargó opiniones legales a los estudios Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría y Muñiz, ambos favorables al pago. La nueva administración, liderada por Gustavo Villa Mora y Edmundo Lizarzaburu, intentó revertir esa postura y solicitó nuevos informes a Vinatea & Toyama y Benites, Vargas & Ugaz. El resultado fue unánime: la normativa vigente y los resultados tributarios de 2025 exigen el reparto.
Pese a esta claridad jurídica, desde la gerencia se ha impulsado verbalmente —y sin dejar constancia escrita— la redirección de esos fondos al pago de deudas antiguas en la selva. Incluso, la Gerencia Corporativa de Administración ha instruido a la Gerencia Legal y de Asuntos Regulatorios para minimizar riesgos legales, laborales y reputacionales en caso de que la empresa decida no pagar.
Entre las tácticas evaluadas por la cúpula directiva figuran el diferimiento, el fraccionamiento del desembolso o la negociación con los sindicatos para postergar la obligación. Paralelamente, se ha desplegado una campaña mediática —incluyendo anuncios en Diario Expreso— que argumenta la necesidad de “ahorrar” ante la crisis financiera.
Sin embargo, el Decreto de Urgencia 010-2025, conocido como la norma de privatización de Petroperú, establece en su artículo 7 que los recursos deben destinarse prioritariamente a pasivos y deudas, “sin perjuicio de la atención de las obligaciones laborales”, categoría que incluye expresamente las utilidades. ProInversión también se ha pronunciado en ese sentido.
Trabajadores y asesores legales advierten que, al interior de la empresa, se estarían orquestando prácticas de desvío de recursos y generación artificial de prelaciones de pago a proveedores, con el objetivo de cobrar comisiones y beneficiar a redes internas. Como antecedente, citan la compra de crudo liviano en lugar del pesado que requería la refinería Talara en 2025, lo que generó pérdidas por la inadecuación del insumo y su posterior ventilación.
El plazo máximo para el pago de utilidades venció el pasado 9 de mayo. En 2024 no hubo utilidades que repartir, y en 2023 los montos fueron irrisorios. Ahora, las cuatro unidades de negocio de Petroperú cerraron 2025 con resultado tributario positivo, lo que hace jurídicamente inviable la negativa.
Fuentes sindicales y legales señalan que, de no concretarse el pago, se iniciarán acciones judiciales contra la empresa. “El pago va sí o sí”, coinciden. La decisión final recae exclusivamente en la gerencia general, no en la presidencia del directorio. En el entorno más cercano a Villa Mora, los nombres de Luis Díaz Agarini e Iván Montoya suenan como piezas clave en la ejecución de estas decisiones y el manejo interno.