
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Martín Vizcarra Cornejo, con la cual pretendía anular el juicio oral que lo condenó a 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio en el marco de los casos “Lomas de Ilo” y “Hospital de Moquegua”.
La defensa del exmandatario solicitaba la nulidad del auto de enjuiciamiento, de la resolución de citación a juicio oral y de todo lo actuado posteriormente, incluida la sentencia emitida por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional. Como argumento central, invocó la vulneración del principio ne bis in idem —no ser juzgado dos veces por los mismos hechos— al enfrentar simultáneamente un proceso por cohecho y un control de acusación por colusión simple, derivados de una misma base fáctica.
Sin embargo, el TC determinó, en su fallo, que las resoluciones impugnadas por Vizcarra “no imponen ni determinan medida de restricción alguna del derecho a la libertad personal”, materia específica de tutela del hábeas corpus. No obstante, los magistrados reconocieron que “la restricción del derecho a la libertad personal del favorecido se encuentra concretada” en la condena de 14 años dictada en noviembre de 2025.
Esa condena, aclaró el tribunal, “eventualmente puede ser materia de un nuevo proceso constitucional, siempre que aquella cumpla con el requisito de firmeza”. En la práctica, la sentencia aún no es definitiva: fue apelada y su revisión corresponde a una Sala Penal de Apelaciones Nacional.
El fallo de primera instancia, emitido por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, halló a Vizcarra culpable de cohecho pasivo propio durante su gestión como gobernador regional de Moquegua (2011-2014). Según la sentencia, el entonces funcionario solicitó y recibió sobornos por un total de 2.3 millones de soles de las empresas Obrainsa e ICCGSA, a cambio de favorecerlas en la adjudicación de los proyectos “Lomas de Ilo” y “Hospital de Moquegua”.
El tribunal consideró probados los hechos mediante:
Además de la pena privativa de libertad, la sentencia impuso a Vizcarra nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, una multa de 94,900 soles y una reparación civil de 2,336,000 soles.
Actualmente, Martín Vizcarra cumple su condena en el penal de Barbadillo, un establecimiento de máxima seguridad que alberga exclusivamente a exmandatarios sentenciados. Allí comparte espacio con Pedro Castillo, Ollanta Humala y Alejandro Toledo, en una unidad diseñada para aislar a figuras políticas de alto perfil de la población carcelaria común, garantizando medidas especiales de seguridad y protocolos diferenciados.
El rechazo del TC al hábeas corpus cierra una vía legal inmediata para Vizcarra, aunque su defensa aún mantiene abierta la posibilidad de impugnar la sentencia en la vía penal ordinaria, a la espera de que la Sala Penal de Apelaciones Nacional resuelva el recurso ya interpuesto. Mientras eso ocurre, la condena no adquiere firmeza, y el expresidente permanece internado en Barbadillo.