
La Confederación Nacional de Trabajadores del sector público interpone acción popular para frenar el decreto supremo que aplaza hasta 2030 el pago del 100% del beneficio, al considerarlo inconstitucional y lesivo para más de 100 mil servidores.
En un movimiento que tensa la recta final del actual gobierno, la Confederación Nacional de Trabajadores del Estado ha presentado una demanda de acción popular contra el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para anular el decreto supremo que establece un cronograma de pago progresivo de la gratificación para los servidores CAS. La norma, impulsada por el titular del MEF, José María Balcázar, otorga apenas el 10% del beneficio este año, con un escalonamiento que recién completará el 100% en 2030. Los gremios alegan que la medida desnaturaliza el espíritu de la Ley 32563 y vulnera derechos adquiridos.
La Ley 32563, promulgada en medio de celebraciones sindicales, reconoció por primera vez el derecho a gratificación y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los trabajadores bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057. Sin embargo, el MEF, mediante el Decreto Supremo 142-2026-EF, reglamentó el beneficio con una gradualidad que ha encendido las alarmas: en julio y diciembre de 2026, los CAS percibirán solo el 10% de una remuneración mensual –con un piso de S/300–, y recién en 2030 alcanzarán el 100%.
La Confederación Nacional de Trabajadores del sector estatal sostiene que la gradualidad impuesta por el MEF desconoce el mandato de la ley y afecta el principio de igualdad y progresividad de los derechos laborales. La acción popular busca dejar sin efecto el decreto supremo, argumentando que la regulación excede las facultades del Ejecutivo al condicionar un beneficio ya aprobado por el Congreso. “No puede ser que, después de décadas de exclusión, nos den migajas y nos obliguen a esperar cinco años para cobrar lo que por ley nos corresponde”, señaló un portavoz del gremio.
Según la norma impugnada, los porcentajes aplicables a la remuneración mensual son:
La CTS, que se pagará únicamente al cese del vínculo laboral y sin carácter retroactivo, seguirá el mismo calendario gradual: 10% en 2026, 20% en 2027, 30% en 2028, 50% en 2029 y 100% recién desde 2030. El MEF precisó que el cálculo se hará con la última remuneración percibida y que no tendrá naturaleza remunerativa ni pensionable, lo que ha generado críticas adicionales por considerar que desprotege al trabajador.
El Poder Judicial deberá admitir a trámite la demanda y evaluar la medida cautelar solicitada por la Confederación para suspender la aplicación del decreto. Mientras tanto, los trabajadores CAS, que suman más de 100 mil en todo el país, permanecen a la espera de un fallo que podría redefinir el cronograma de pagos y sentar un precedente sobre los límites de la regulación gubernamental en materia laboral.
El conflicto expone la tensión entre la sostenibilidad fiscal –alegada por el MEF– y la justicia social para un sector históricamente postergado. Con el cambio de gobierno a la vuelta de la esquina, la resolución de esta demanda no solo impactará el bolsillo de los servidores CAS, sino que marcará la hoja de ruta de las políticas laborales en la próxima administración. La justicia tiene la palabra.