
La Novena Sala Penal de Apelaciones de Lima desestimó el recurso de defensa del hijastro de Marisel Linares, quien enfrenta tres delitos por el atropello y muerte de la deportista Lizeth Marzano. El joven permanecerá en un penal hasta noviembre.
En una decisión que refuerza los riesgos procesales advertidos desde el inicio del caso, el Poder Judicial confirmó este miércoles la prisión preventiva por nueve meses contra Adrián Villar, hijastro de la periodista Marisel Linares, por su presunta responsabilidad en el atropello y fallecimiento de la joven deportista Lizeth Marzano, ocurrido en febrero de 2026. Con este fallo, Villar permanecerá recluido en un establecimiento penal hasta el 25 de noviembre de este año.
La Novena Sala Penal de Apelaciones de Lima declaró infundada la apelación presentada por la defensa técnica del imputado, encabezada por el letrado César Nakazaki, al considerar que se mantienen vigentes los presupuestos que justifican la medida más gravosa.
A Adrián Villar se le imputan los delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente. Durante la audiencia de apelación, la defensa no cuestionó los graves y fundados elementos de convicción —reconociendo incluso la responsabilidad del joven en el hecho—, sino que buscaba que el proceso se lleve a cabo en libertad.
Si bien la Sala le dio la razón a la defensa al desestimar una de las agravantes del homicidio culposo (“utilizando vehículo motorizado”), mantuvo la segunda (“inobservancia de las reglas técnicas de tránsito”). Con ello, la pena probable por este delito quedó en cinco años, a los que se suman dos años y cuatro meses por los otros dos ilícitos, alcanzando una prognosis de siete años y cuatro meses de condena —superior al umbral de cinco años exigido para dictar prisión preventiva.

La defensa había invocado el Decreto Legislativo 1585, que permite la suspensión de la pena cuando el imputado es menor de 25 años, no tiene antecedentes y existe convicción judicial de que no volverá a delinquir. El tribunal reconoció que Villar cumple con los dos primeros requisitos, pero consideró determinante el incumplimiento del tercero.
“No resulta posible anticipar que, aún en este escenario, exista un pronóstico favorable de conducta futura que permita sustentar la probabilidad de suspensión de la pena”, sostuvo la Sala en la resolución. Como agravante, se destacó que el imputado huyó del lugar del accidente, se cambió de ropa y regresó posteriormente a la escena.
El tribunal también validó la existencia de peligro procesal. Entre los fundamentos, señaló la falta de arraigos suficientes, la conducta posterior al siniestro —incluida la manipulación de su celular antes de entregarlo a las autoridades— y la gravedad de los hechos. En ese sentido, consideró que ninguna medida menos gravosa, como el uso de dispositivos de localización o el arresto domiciliario, garantiza los fines del proceso.
Con esta ratificación, la Fiscalía deberá concluir la investigación preparatoria, formular acusación y llevar el caso a juicio en el plazo de nueve meses, período durante el cual Adrián Villar permanecerá en prisión preventiva.